Desde el pasado 20 de Noviembre de 2016 ha entrado en vigor el nuevo Código Deontológico de los Arquitectos.
Desde que conozco el texto del nuevo código he sido críticos en todo momento, no sólo con este nuevo código, si no con el hecho en sí de que exista un código deontológico para un colectivo, con unas características provenientes de una legislación pre-democrática y que sea de aplicación exclusiva para un sector de la población y que no haya sido refrendado por las cortes generales ni publicado en los medios oficiales para el general conocimiento de la población, extrayendo así a una parte de la población de la aplicación de las leyes generales del estado.